Situación de la Corte de Constitucionalidad en Guatemala

¿Qué es la Corte de Constitucionalidad?

La Corte de Constitucionalidad es el máximo tribunal en materia constitucional de Guatemala, y su principal función es velar por el cumplimiento de la Constitución Política de la República. Es un tribunal colegiado, independiente de los demás organismos del Estado, pero electo por representantes de los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos y los agremiados al Colegio de Abogados y Notarios. La Corte de Constitucionalidad (CC) fue creada en la Constitución de 1986, como el órgano garante del cumplimiento de los derechos establecidos en la carta magna.

¿Cómo se integra?

La CC se integra por cinco personas. Está formada por cinco magistrados titulares y cinco suplentes,  un número impar para que las decisiones se tomen por mayoría simple. Su período dura cinco años y  son electos por cinco diferentes instituciones, para mantener el equilibrio de fuerzas en su conformación: 

  • La Corte Suprema de Justicia
  • El Congreso de la República
  • El Presidente de la República en Consejo de Ministros
  • La Universidad de San Carlos de Guatemala mediante el Consejo Superior Universitario
  • El Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala en Asamblea mediante voto secreto
Asumen magistrados de la Corte de Constitucionalidad – Prensa Libre

Situación en el país

Como bien se manifestó con anterioridad la CC es la encargada de de la defensa del orden consitucional, jugando un papel muy importante en la construcción del Estado de Derecho. A lo largo de la historia, esta entidad ha sido fundamental en distintos momentos críticos que han acontecido en el país, como el freno al golpe de Estado de Serrano Elías en 1993, el caso de la candidatura presidencial de José Efraín Ríos Montt, candidatura presidencial de Sandra Torres, anulación del juicio por genocidio, candidatura presidencial de Thelma Aldana, candidatura presidencial de Zury Ríos, por mencionar algunos.

Sin embargo, hoy el país está pasando por una situación preocupante, ya que el 24 de julio la CC emitió un amparo definitivo contra la CSJ que detiene el antejuicio contra cuatro magistrados de aquella Corte, y advirtió que se habría lesionado la institucionalidad y finalidad del máximo tribunal si hubiera avanzado el trámite de la referida acción.



RelatoGT - Ante el amparo provisional de la CC, Congreso realiza ...



Esta situación ha causado gran revuelo en la población, lo que ha generado gran polémica y diversidad de opiniones.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en un Comunicado hecho público El 14 de agosto del presente año expone: 
“La CIDH observa que dichas diligencias ocurren en el contexto de un conjunto de ataques e injerencias contra las personas que se desempeñan como operadores de justicia en Guatemala, el cual se habría agravado en los últimos años”, asimismo expresa: “la Comisión urge al Estado de Guatemala a cesar los actos que representarían severas amenazas la independencia de las y los magistrados de la Corte de Constitucionalidad, abstenerse de promover diligencias de antejuicio basadas en el mero juicio jurídico de las y los operadores de justicia, así como a tomar medidas para garantizar el cumplimiento de las medidas cautelares otorgadas por la CIDH”.

A consideración del exmagistrado de la Corte de Constitucionalidad, Roberto Molina Barreto, la decisión que tomó la fiscal general es normal, ya que no tenía otra opción, debido a que cada vez que el MP recibe una denuncia en contra de una persona que goza del antejuicio no puede hacer nada más que enviarlo a la Corte Suprema de Justicia, para que analice si las denuncias son motivadas por situaciones espurias, políticas o ilegitimas.

Riesgo de las Garantías Constitucionales

Enrique Peña Hernández, refiere que garantías constitucionales son: "Los derechos fundamentales del Hombre, Los Derechos Públicos Subjetivos, los llamados derechos del gobernado o del administrador, que garantía y derechos no denotan conceptos diferentes, ofrecen idéntica significación. En es particular toda garantía es un derecho son llamados garantías de libertad, libertades publicas o libertades".

El artículo 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece que "las garantías del Organismo Judicial son las siguientes:
  • La independencia funcional;
  • La independencia económica;
  • La no remoción de los magistrados y jueces de primera instancia, salvo los casos establecidos por la ley; y
  • La selección del personal". 
Si las resoluciones de la Corte de Constitucionalidad no son acatadas y respetadas, estaríamos ante un eminente rompimiento del orden constitucional y estaríamos llevando al país a un Estado anárquico. Eso no le conviene a nadie.

Las garantías constitucionales se ven afectadas, puesto que las decisiones que están tomando pareciera que  los dos máximos órganos encargados de impartir justicia ordinaria y constitucional -Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Corte de Constitucionalidad (CC)- están enfrascados en una lucha de poder interna con el fin de mantener privilegios y no por garantizar el cumplimiento de las mismas.


Elección de jueces

La Constitución de Guatemala índica que el proceso de selección de Jueces debe realizarse a través de la creación de una Comisión de postulación cuya función es la de recibir currículos, analizarlos, y elaborar una lista corta de precandidatos que en última instancia serán elegidos por el Congreso de la República. Dicha Comisión, integrada por decanos de Universidades, autoridades de la justicia y representantes del Colegio de Abogados, debería en teoría ser independiente de intereses políticos a grupos de poder.

Esto pocas veces ha ocurrido. Un informe de la Fundación para el Debido Proceso señala que la conformación de la Comisión de Postulación por lo general no ha escapado a las influencias de grupos de interés político y económico, y de cuerpos ilegales, cuyo objetivo ha sido el de “cooptar la institucionalidad del país”. Como resultado, “las listas cortas de candidatos a magistrados suelen estar sometidas a negociaciones y compromisos corruptos”

Debe asegurarse la transparencia de estos procesos para garantizar el orden constitucional, ya que la finalidad es velar por el cumplimiento de la Constitución y no por sus propios intereses.


Referencias  Bibliográficas:

Asamblea Nacional Constituyente/Congreso de la República (1985). Constitución Política de la República de Guatemala. Guatemala: Jiménez Ayala.
Gómez, R. (2007). Aplicación de las Garantías Constitucionales en el derecho de menores. (Tesis de Licenciatura en Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales). Universidad de San Carlos de Guatemala: Guatemala.


Noticias consultadas:

Estrada, W. (2020). ¿Quién juzga… ¿a quién…?. Diario La Hora. Artículo de debate. Ver noticia
Gamarro, U. (2020).  ¿Hay crisis institucional a raíz del antejuicio contra cuatro magistrados y el amparo de la CC? Prensa Libre, artículo de análisis. Ver noticia
Hernández, M. (2020). Ideas opuestas sobre la decisión de la jefa del MP de solicitar retiro de antejuicio de diputados y magistrados Prensa Libre.  Ver noticia
Morales, J. (2020). La CIDH se pronuncia en favor de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala. Diario La Hora.  Ver noticia


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